La Ley N°21.283 (Diario Oficial 07.11.2020) fijó los nuevos montos del ingreso mínimo mensual, los que operan en forma retroactiva a contar del 01.09.2020 hasta el 30.04.2021. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la ley N° 21.283, los nuevos montos son los siguientes:
a) Ingreso Mínimo Mensual para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años: $326.500.
b) Ingreso Mínimo Mensual para trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años: $243.561.
c) Ingreso Mínimo Mensual para fines no remuneracionales: $210.458.
Ordinario 3071/30 del 13.11.2020:
Teniendo presente el carácter retroactivo de esta norma, el empleador deberá ajustar el valor del ingreso mínimo mensual a los nuevos montos que establece la ley en análisis a partir de la fecha indicada, correspondiendo que en el mes de noviembre de 2020 pague por tal concepto la suma de $326.500 más los diferenciales de los meses de septiembre y octubre del mismo año, que ascienden a la suma de $6.000 mensuales. De esta forma, la remuneración de un trabajador exclusivamente remunerado por el ingreso mínimo mensual, deberá alcanzar en el mes de noviembre de 2020, la suma total de $338.500 brutos.